Tipos de Estatus en Costa Rica
Tipos de Estatus Documentos requeridos
Autenticación de documentos
Tabla comparativa

 

Permanente: Debe estar casado con un(a) costarricense, o debe tener un hijo(a) costarricense. Es posible obtener este estatus luego de 3 años de haber recibido cualquiera de los estatus temporales (pensionado, rentista, inversionista). Solo debe visitar el país durante tres días al año para conservar este estatus.

Pensionado:
Debe tener una pension vitalicia superior a $600 mensuales. Puede tener una compañía pero no puede trabajar. Para mantener este estatus, debe cambiar $600 mensuales a colones. Debe vivir en el país 122 días por año. Si su pensión es del Seguro Social, es muy posible que la embajada de su país en Costa Rica pueda emitir la certificación. Si su pension es privada, puede pedirnos una carta ejemplo.

Rentista:
Debe garantizar un ingreso mensual de $1000 por 5 años (un ingreso adicional es requerido en caso de tener dependientes, $1000 por la esposa, y $500 por hijo). Para mantener este estatus, debe cambiar $1000 mensuales a colones (en caso de tener dependientes, el monto variará dependiendo de la cantidad de dependientes) Debe vivir en el país 122 días por año. La garantía de ingresos debe provenir de un banco. El banco debe estar inscrito en el Polos Book. Puede solicitarnos una carta ejemplo para su banco.

Inversionista:
Debe ser parte de la junta directive de una compañía que haya invertido en nuestro país un mínimo de $200.000. La empresa debe tener como mínimo 5 empleados costarricenses. Debe presenter toda la documentación legal de la compañía, la cual debe estar al día con todas las obligaciones sociales y financieras. Dependiendo del tipo de negocio, es posible que se requieran documentos adicionales.





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